Un dispositivo de riesgo previsible es un conjunto de medidas orientadas a que un evento multitudinario cumpla con la seguridad y cobertura sanitaria necesarias.
Y el propósito del dispositivo no es otro que establecer los riesgos del evento y adecuarlos al número de personas que participan. Asi que para lograrlo se requiere de personal especializado como técnicos de emergencias sanitarias. También, dependiendo de la singularidad del evento, se utilizarán los medios materiales y personales adecuados.

Si el evento es al aire libre el dispositivo de riesgo no exigirá los mismos medios que si se realiza dentro de un recinto cerrado. O sea, al aire libre dependerá de la climatología del momento en que se realice. Y dentro del recinto cerrado dependerá del aforo que tenga.

La metodología del dispositivo de riesgo se compone de tres fases:

-Fase de diseño. En esta fase se define el evento, se fijan los objetivos generales y específicos y se analizan la concentración de participantes. También se analizan los posibles riesgos, se detallan los recursos necesarios y su organización, se establece un organigrama funcional. Este organigrama conlleva la coordinación entre instituciones que van a intervenir en el evento. Por tanto, en esta fase se tiene en cuenta el lugar del evento, fecha, duración, motivo y personas asistentes. Con toda esta información se diseñará un plan de actuación que asegure el evento.

-Fase de ejecución. En esta fase se pone en marcha todo el plan realizado en la fase de diseño. Entre otras cosas, se situarán las ambulancias y los cuerpos de seguridad en los lugares habilitados para ello en el evento. Se activan los recursos y las comunicaciones, los sistemas de información y la comunicación de incidencias.

-Fase de desactivación. Una vez concluido el evento procederemos a activar esta fase. En esta fase se produce la retirada de los efectivos de forma progresiva. Se elaborará un informe de todo lo ocurrido en el evento. En este documento se detallan a todos los profesionales que han intervenido, incidencias y actuaciones de los mismos.
ley 2/85 de Protección Civil, 14/86 de Sanidad y en el RD 2816/82 de espectáculos públicos. Estas leyes obligan a la persona que organiza el evento multitudinario a realizar el dispositivo de riesgos previsibles. Este dispositivo permite que todos aquellos que acudan al evento están protegidos ante posibles accidentes. Cada vez se introducen mayor cantidad de elementos de seguridad den la fase de ejecución para la integridad de los que acuden.